La Sentencia 1081/2016 de 12 May. 2016, Rec. 2639/2014 del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª estima la aplicación por parte de dos hermanos de la reducción establecida en el artículo 20 apartado 2 letra c de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 2421/1987).
Esta reducción permite aplicar a la base imponible una reducción del 95% a los descendientes si en la adquisición “mortis causa” estuviese incluido el valor de una empresa individual, de un negocio profesional o participaciones en entidades siempre que la adquisición se mantenga, durante los diez años siguientes al fallecimiento del causante, salvo que falleciera el adquirente dentro de ese plazo.
Además de esto, la Ley sobre el Impuesto sobre el Patrimonio exige que:
El Tribunal Supremo estima que los hijos tienen derecho a la aplicación de la reducción porque, conjuntamente con su padre, ostentan más del 20% de la participación exigida legalmente. Además, aunque el padre no realiza funciones directivas remuneradas en la entidad, si las realiza uno de los hijos por lo que cumpliría con este requisito también.
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